| Información de su interés |
Normativa reguladora de la transparencia
de las operaciones bancarias y protección a la clientela
La normativa que regula la transparencia de las operaciones bancarias y
protección a la clientela, aparece recogida en las siguientes disposiciones:
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 12 de
diciembre de 1989 (B.O.E. del 19 de diciembre), sobre tipos de interés
y comisiones, normas de actuación, información a clientes
y publicidad de entidades de crédito.
- Ley 7/1995 de 23 de marzo (B.O.E. del 25 de marzo), de Crédito
al Consumo.
- Orden de 5 de mayo de 1994 (B.O.E. del 11 de mayo) del Ministerio de
la Presidencia, sobre transparencia de las condiciones financieras de los
préstamos hipotecarios.
- Ley 2/1994 de 30 de marzo (B.O.E. del 4 de abril) sobre subrogación
y modificación de préstamos hipotecarios.
- Circular 8/1990 de 7 de septiembre del Banco de España (B.O.E.
del 20 de septiembre), a entidades de crédito, sobre transparencias
de las operaciones y protección de la clientela.
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 25 de octubre de
1995 (B.O.E. del 2 de noviembre), que desarrolla el Real Decreto 629/1993,
de 3 de mayo, sobre normas de actuación en los mercados de valores
y registros obligatorios.
- Circular 1/1996 de 27 de marzo de 1996 (B.O.E. del 9 de Abril) de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre normas de actuación,
transparencia e identificación de los clientes en las operaciones.
Tarifas
De acuerdo con la normativa citada tenemos a disposición de nuestros
clientes, el Libro de Tarifas, Condiciones de Valoración y Gastos
repercutibles a la clientela, que ha sido comunicado al Banco de España,
y en su caso, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Asimismo, nuestros clientes pueden solicitar gratuitamente ofertas vinculantes
de créditos al consumo y prestamos hipotecarios, a las que se refiere
la Ley 7/1995 de 23 de marzo y la Orden 5 de mayo de 1994 antes citadas.
Tarifas de Comisiones y Gastos repercutibles a clientes
- Tarifas Euro
- Tarifas moneda
- Normas
de valoración
Reclamaciones
Existe un SERVICIO DE RECLAMACIONES EN EL BANCO DE ESPAÑA, encargado
de recibir y tramitar las reclamaciones formuladas por los clientes de las
entidades de crédito, relativas a operaciones concretas que efectúen.
bancodeldeporte.com cuenta con un SERVICIO DIRECTO DE ATENCION AL CLIENTE,
órgano equivalente al defensor del Cliente, cuya dirección
es:
Avenida Gran Vía de Hortaleza, 3
28043 MADRID
A dicho SERVICIO DIRECTO DE ATENCION AL CLIENTE, puede dirigirse por escrito
la clientela para cualquier reclamación que desee efectuar, siendo
ello requisito necesario y previo a la formulación de reclamaciones
ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA.
Las reclamaciones relativas a operaciones en los mercados de valores, pueden
formularse ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Departamento
de Atención al Público), de conformidad con las funciones
de supervisión e inspección de los mercados de valores que
la Ley atribuye a dicho organismo.
Existen igualmente personas y órganos encargados de atender las reclamaciones
de los inversores en la Bolsa de Valores de Madrid y en los Mercados de
MEFF Renta Fija y MEFF Renta Variable.
Declaración obligatoria tipos operaciones de activo:
Para consultar los tipos de operaciones de activo presentados por el Banco
Español de Crédito al Banco de España, pulse Declaración
obligatoria de tipos de operaciones activas.
bancodeldeporte.com es la nueva oferta de productos financieros
de Banco Español de Crédito, S.A. |
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